RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA - ayto-cudillero
- ayto-cudillero
- Ciudadanía
- Services and Procedures
- Social affairs
- RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA
Asuntos sociales
Back RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA
RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA
Pasos para la realización
Requisitos:
-
Estar en situación de dependencia, en alguno de los grados establecidos en el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril (BOE Nº 96, de 21 de abril de 2007)
2. Residir en territorio español, y haberlo hecho durante cinco años, dos de los cuales serán inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Para los menores de 5 años, esta exigencia se aplicará a quien ejerza su guarda y custodia.
Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, no tengan la nacionalidad española, se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. En caso de menores que carezcan de nacionalidad española, se tendrán en cuenta las Leyes del Menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los tratados internacionales.
Documentación necesaria:
1. Solicitud en modelo normalizado (se facilitará en el Centro de Servicios Sociales).
2. Certificado de empadronamiento expedido por el o los ayuntamientos, en el que se haga constar que el solicitante ha residido en España al menos cinco años, de los cuales dos serán inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
3. Fotocopia compulsada del DNI, Libro de Familia (para menores) o Tarjeta de Residencia (NIE, para extranjeros). En su caso, fotocopia del DNI del representante legal o guardador de hecho.
4. Informe de salud (a facilitar en el Centro de Salud de referencia).
Información básica sobre la ley de dependencia:
Teléfono gratuito de información sobre Dependencia: 900220031