Inspecciones de consumo - ayto-cudillero
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Pasos para la realización
La Inspección de Consumo está constituida por personal funcionario que lleva a cabo labores de inspección, control y vigilancia del cumplimiento de la normativa en materia de consumo, con el fin de garantizar los derechos e intereses de consumidores y usuarios.
Actuaciones:
Las actuaciones de la Inspección de Consumo se inician de oficio, por denuncia, por acuerdos de colaboración o como participación en campañas de ámbito nacional y/o autonómico:
Inspección general sobre productos, bienes y servicios destinados a los consumidores y usuarios.
Tomas reglamentarias y prospectivas de muestras de productos alimenticios e industriales.
Instrucción de denuncias.
Estudio de los sectores de mercado con el fin de obtener información suficiente para determinar aquellos productos, servicios o actividades de los que pudieran derivarse riesgos para la salud y la seguridad del ciudadano.
Desarrollo de campañas informativas y de inspección elaboradas por la Unión Europea, el Instituto Nacional de Consumo y la propia Comunidad Autónoma.
Procedimiento:
En el ejercicio de sus funciones, la Inspección de Consumo puede requerir la exhibición y aportación de documentación industrial, mercantil, contable o sanitaria que le resulte necesaria y la comparecencia y colaboración de cualquier persona que pueda tener relación con el objeto de la inspección.
Tiene la consideración de AUTORIDAD PÚBLICA a todos lo efectos, y puede solicitar el apoyo necesario de cualquier otra autoridad, así como de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Las actuaciones de la Inspección de Consumo se documentan en acta de inspección, con carácter probatorio.
La negativa, resistencia u obstrucción a facilitar la información requerida, el suministro de documentación falsa o el retraso al atender los requerimientos efectuados por la Inspección, puede constituir una infracción en materia de consumo.