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Matriculación escuela infantil 2019

Periodo de matriculación Escuela Infantil

 

BASES PARA LA ADMISIÓN DE ALUMNOS Y ALUMNAS EN LA ESCUELA INFANTIL DE PRIMER CICLO DE CUDILLERO

CURSO 2019/2020

 

Las presentes Bases regulan, de conformidad con el Convenio de Colaboración suscrito entre la Administración del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Cudillero, el procedimiento de admisión del alumnado en la Escuela Infantil de Primer Ciclo ¿La Pixuetina¿ para el curso 2019-2020.

 

1. DESTINATARIOS

Pueden solicitar la plaza en la Escuela Infantil La Pixuetina los padre y madres o tutores de los niños y niñas menores de tres años, nacidos a partir del 1 de Enero del 2017 o cuyo nacimiento se prevea con fecha anterior al 1 de Enero del 2020 y que residan o trabajen prioritariamente en el término municipal de Cudillero.

A estos efectos, se considera domicilio familiar aquel en que consten empadronados los padres o tutores del alumno/a. Asimismo en caso de divorcio, separación o cualquier otra causa por la cual los padres vivan en domicilios separados, se considerará domicilio familiar aquel donde figure empadronada la persona que tenga la guardia y custodia del menor.

La incorporación de los niños y niñas admitidos no se podrá realizar antes de que hayan cumplido los tres meses de edad.

La Escuela podrá integrar a niños y niñas con necesidades educativas especiales a razón de uno por cada grupo o unidad.

 

2.SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN

La solicitud se efectuará en el modelo normalizado que se podrá recoger en:

  • EEI La Pixuetina  Plaza de la Constitución s/n
  • Ayuntamiento de Cudillero  Plaza de San Pedro s/n

 

 

Lasolicitud se presentará en el Ayuntamiento de Cudillero con entrada de registro y en la Escuela infantil, acompañada de la siguiente documentación obligatoria para todos los solicitantes.

 La ausencia de algunos de estos documentos impedirá una correcta baremación.

  • Fotocopia de libro de familia
  • D.N.I de los solicitantes
  • Documento que acredite el lugar de residencia (recibo) y/o trabajo (certificación de empresa). Certificado de empadronamiento del menor
  • En casa de separación o divorcio. Sentencia de separación o divorcio/Convenio regulador y justificante de cobro de pensiones alimenticias o compensatorias o justificación de no percibirlas
  • En caso de embarazo: Justificante médico acreditativo de la fecha probable del parto. Previsto antes del 1 de Enero del 2020

DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SITUACIÓN LABORAL O ACADÉMICA

  • Trabajadores por cuenta ajena

           Certificado acreditativo del horario laboral, vida laboral o nómina

  • Trabajadores por cuenta propia

Certificado de estar al corriente en las obligaciones de la Seguridad Social

  • En situación de desempleo

Certificado acreditativo de estar en situación de desempleo y fecha de dicha situación

  • Si estudia

Certificado del centro en el que se acredite la realización de dichos estudios oficiales presenciales en horario diurno

  • Incapacidad

Certificado oficial de discapacidad e informe médico que acreditativo que impida la crianza del menor

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE LA SITUACIÓN ECONÓMICA

  • Fotocopia de la Declaración de la renta del ejercicio 2018
  • En su defecto, justificante de la Delegación de Hacienda que indique los  ingresos obtenidos por la unidad familiar en el ejercicio del 2018 y vida laboral de los solicitantes
  • Autonomos:Declaración de la renta del año 2018 y modelos 130 ó 131(Pago fraccionado) de que se disponga, bien del ejercicio en curso (primer trimestre de 2019) o del inmediatamente anterior (2018)

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE LA SITUACIÓN FAMILIAR

  • Fotocopia del documento que acredite el reconocimiento de familia numerosa

NOTA: Se priorizará aquellas solicitudes que correspondan a las personas que vivan y trabajen en el municipio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3. CALENDARIO DEL PROCESO DE ADMISIÓN

Las solicitudes podrán presentarse del 22 de Abril al 3 de Mayo del 2019 en el Ayuntamiento de Cudillero.

Las lista provisional de baremación de publicará el día 16 de Mayo en la Escuela Infantil y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cudillero, pudiendo llevarse asimismo su publicación a través de la página Web municipal.

Del 16 al 20 de Mayo Plazo de alegaciones ante la Dirección del centro y previa previo registro en el Ayuntamiento.

La lista definitiva de baremación y lista de admitidos se publicará en la Escuela Infantil y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cudillero el día 31 de Mayo.

Del 3 al 14 de junio se procederá a la formalización de la matricula para el curso escolar 2019/2020

 

Bases de selección

Resolución de 5 de marzo de 2019, de la Consejería de educación y Cultura, por la que se aprueba el calendario de actuaciones y se determinan las Comisiones de escolarización del procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten educación infantil, educación Primaria, educación secundaria obligatoria y Bachillerato en el Principado de Asturias, para el curso 2019-2020.

El artículo 2 de la resolución de 26 de febrero de 2018, por la que se aprueba el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias, prevé que el citado procedimiento se inicia mediante resolución de la Consejería competente en materia de educación, por la que se aprueba el calendario de actuaciones y se determinan las Comisiones de escolarización que habrán de constituirse y su respectivo ámbito territorial.

 

 

En virtud de lo establecido en el párrafo anterior y vista la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, el decreto 66/2007, de 14 de junio, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias, la ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de Asturias, y el decreto 65/2015, de 13 de agosto, de estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, modificado por Decreto 53/2016 de 28 de septiembre de primera modificación y por Decreto 72/2017, de 31 de octubre de segunda modificación.

La decisión sobre el alumnado que resulte admitido será competencia de la persona que ostente la titularidad de la Dirección de la escuela infantil y de la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Cudillero y de acuerdo con lo establecido en los párrafos anteriores.

En ausencia del Consejo Escolar, y en tanto se regule su constitución, la admisión de alumnado en las Escuelas de Educación Infantil deberá ser informada por una Comisión Técnica compuesta, al menos, por:

  • Una persona representante de la Administración educativa.
  • Una persona en representación del Ayuntamiento titular del Centro.
  • La Directora o Director de la Escuela Infantil.
  • Un técnico/a designado por la administración titular del Centro.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.CRITERIOS Y BAREMO DE SELECCIÓN

 

Apartado 1: Situación laboral

- Si ambos, padre y madre o tutores legales, trabajan a jornada completa: 4 puntos.

- Si uno de ellos, padre, madre o tutor legal, trabaja a jornada completa y el otro cursa estudios oficiales de carácter presencial en horario diurno: 4 puntos.

- Si uno de ellos, padre, madre o tutor legal, trabaja jornada completa y el otro se encuentra impedido para atender a la crianza del niño o niña: 4 puntos.

- Si ambos, padre y madre o tutores legales, trabajan a media jornada o uno de ellos trabaja a jornada completa y el otro trabaja a media jornada: 3 puntos.

- Si uno de ellos, padre, madre o tutor legal, trabaja a media jornada y el otro cursa estudios oficiales: 3 puntos.

- Si uno de ellos, padre, madre o tutor legal, trabaja a media jornada y el otro se encuentra impedido para atender a la crianza del niño o niña: 3 puntos.

- Si uno de ellos, padre, madre o tutor legal, trabaja y el otro es demandante de empleo: 2 puntos.

- En el caso de familias monoparentales, la aplicación de los criterios y el baremo se hará de igual manera.

Apartado 2: Ingresos económicos

  • Hasta 2 veces el SMI: 4 puntos.
  • Desde 2 SMI hasta 2,71 veces el SMI: 3,5 puntos.
  • Desde 2.71 SMI hasta 3,39 veces el SMI: 3 puntos.
  • Desde 3.39 SMI hasta 4.07 veces el SMI: 2,5 puntos.
  • Más 4,07 veces el SMI: 2 puntos.

Apartado 3: Composición familiar

  • Monoparental : 1 punto
  • Hermanos en el centro para el curso 2019-2020: 1 punto
  • Familia numerosa: 1 punto

 

 

 

 

En caso de empate se tendrá en cuenta:

  • Nº de hermanos en el centro.
  • Mayor puntuación en el apartado 1.
  • Pertenencia al Concejo de Cudillero.

 

Si aun así persiste el empate, se resolverá según los criterios señalados en el sorteo público realizado por la Consejería de Educación y Universidades el 12 de marzo del 2019.Siendo las letras ¿XS¿ en el sentido de la Z a la A las que han salido para desempatar.

 

  1. ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

El proceso de admisión de los niños/as con necesidades educativas específicas requerirá el informe previo por parte de los equipos técnicos de apoyo

 

  1. LISTA DE ESPERA

Las solicitudes no admitidas pasarán a formar parte de una lista de espera, que tendrá vigencia hasta el inicio de la siguiente convocatoria. No obstante, a lo largo del curso escolar podrán ir incorporándose nuevas solicitudes previa baremación pasará a ocupar el puesto correspondiente en la misma según la baremación realizada.

 

  1. COBERTURA DE VACANTES

EL Ayuntamiento de Cudillero tratará de evitar que existan plazas vacantes mientras haya solicitudes en la lista de espera.

Las vacantes existentes, una vez concluido el proceso de formalización de la matrícula o durante el curso escolar, se cubrirán con la lista de espera, por rigurosos orden de puntuación. Los inscritos en esta lista que renuncien a ocupar la vacante ofertada serán eliminados de la misma. La renuncia deberá manifestarse fehacientemente por escrito.

 

 

Si se produce una vacante en un grupo 0-1 años y el primero de la lista de espera no ha cumplido la edad mínima de ingreso, se ofrecerá la vacante al siguiente de la lista. El niño/a que no reúne los requisitos de edad mantendrá su posición en la lista.

 

  1. REGULACIÓN DE LAS BAJAS

Serán causas de baja en el centro:

  • El cumplimiento de la edad reglamentaria para la permanencia en el centro (3 años). A estos efectos la fecha de baja será del 31 de Julio.
  • La petición de los padres o tutores legales, con efectos desde el momento de la petición y ajustándose a la Ordenanza Fiscal Nº403 del Ayuntamiento de Cudillero
  • La comprobación de falsedad en los datos o documentación aportada a la ocultación  de datos que conlleven una reducción de la tarifa a abonar.
  • La inasistencia continuada y no justificada durante un mes, o 30 días alternos en el transcurso de dos meses consecutivos.
  • Incumplir reiteradamente la normativa del centro (incumplimiento de horarios, ocultación de información que implique riesgo de contagios de enfermedades, no justificación de faltas, ausencia de colaboración y contacto con el personal educativo del Centro, ect..)

 

  1. FORMALIZACIÓN DE MATRICULA

Los menores admitidos como alumnos en la Escuela Infantil del Primer Ciclo deberán formalizar la matricula en el plazo y lugar que hará constar en el Anexo en la lista definitiva de admitidos previsiblemente del 7 al 14 de Junio. Para la formalización de la matricula se deberá aportar al menos:

  • 2 fotografías tamaño carnet
  • Fotocopia de la cartilla de Vacunación y de la cartilla sanitaría del menor
  • Informe pediátrico
  • Número de la cuenta bancaria a efecto de cargo de las correspondientes cuotas mensuales.

 

 

 

  1. RECURSOS E IMPUGNACIONES

Las presentes Bases y cuantos actos derives de las mismas podrán ser impugnados por los interesados en los casos y de la forma prevista en la Ley 30/1992 del 26 de Noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

  1. UNIDADES, HORARIOS, JORNADAS Y SERVICIOS
  1. La escuela de Educación Infantil de Primer Ciclo ¿ La Pixuetina¿ organiza a los niños y niñas por unidades en función de su edad y con un número máximo de alumnado por unidad, así:
    • 0-1 años: 8 niños/as
    • 1-2 años: 13 niños/as
    • 2-3 años: 18 niños/as
  2. Se podrán realizar agrupamientos flexibles, en función de las solicitudes y teniendo en cuenta las características de cada uno de los centros, en cuyo caso la ratio dependerá de la proporción de niños y niñas de cada edad
  3. Se destinarán plazas en el centro para niños y niñas derivados de los Servicios Sociales o con Necesidades Educativas Especiales, siempre que se aconseje su escolarización temprana
  4. La Escuela Infantil comenzarán a prestar servicio a partir de las 7:30 (según el número de niños/as que lo soliciten).Con carácter general los niños/as no podrán permanecer en el Centro más de 8 horas diarias.
  5. En la Ordenanza Fiscal Nº 403 del Ayuntamiento de Cudillero quedan recogidos los tipos de jornada que se ofrecen en el Centro
  6. Los servicios prestados abarcarán los siguientes aspectos:
    • Atención y cuidado de los niños/as: Afectividad, alimentación, higiene y descanso en función de las jornadas solicitadas por las familias.
    • Desarrollo de una Programación Didáctica fomentando la estimulación, el juego, la manipulación, exploración y experimentación como modos de aprendizaje activos 

 

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